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Título

Nuevas medidas obligatorias para el ingreso al territorio nacional  (12/06/2022)

Descripción

El 22 de junio del presente se publicó el Decreto Supremo Nº 069-2022-PCM el cual indica que los peruanos y extranjeros residentes de 18 años a más, cuyo destino final sea el territorio nacional en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben acreditar haberse aplicado las tres (3) dosis de vacunación contra la COVID-19 en el Perú o en el extranjero; asimismo, las personas de 12 a 17 años deben acreditar haberse aplicado la primera y segunda dosis de vacunación contra la COVID-19 en el Perú o en el extranjero. Los extranjeros no residentes cuyo destino final sea el territorio nacional en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben contar con la vacunación de acuerdo al esquema de su país de origen

De no contar con la citada vacunación, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar en su punto de origen. Los menores de 12 años solo requieren estar asintomáticos para abordar. Aquellas personas que muestren síntomas al arribar a territorio nacional ingresan a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia.

La Autoridad Sanitaria Nacional se encuentra facultada para la toma de pruebas diagnósticas para la COVID-19 a los pasajeros que arriben al país, estableciendo las medidas sanitarias complementarias para los casos positivos”.

 Para mayor información sírvase consultar :

https://vuelafacil.pe/pasajero-internacional-como-viajar-en-avion/

 Declaración Jurada de Salud y Autorización de Geolocalización https://djsaludviajero.minsa.gob.pe/dj-salud/​

Fecha de Publicación

27/06/2022

Datos adjuntos

Creado el 27/06/2022 01:24 a.m. por Adriana Lorena Díaz Rosas
Última modificación realizada el 27/06/2022 01:24 a.m. por Adriana Lorena Díaz Rosas